Con fuertes operativos desplegados en distintos puntos de La Plata, la Municipalidad desarticuló dos fiestas clandestinas que no cumplían con los protocolos sanitarios correspondientes.
Con fuertes operativos desplegados en distintos puntos de La Plata, la Municipalidad desarticuló dos fiestas clandestinas que no cumplían con los protocolos sanitarios correspondientes.
Las tareas fueron llevadas adelante por la Secretaría de Seguridad, la Subsecretaría se Control Ciudadano con el apoyo de la Guardia Urbana de Prevención. En ambos casos los efectivos clausuraron los eventos y trascendieron las imágenes de los procedimientos realizados.

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Ocurrió en las inmediaciones del Bosque de La Plata mientras se jugaba Gimnasia-Huracán. Uno de los sospechosos fue atrapado tras intentar escapar.
El primer operativo se realizó en una vivienda ubicada en calle 9 y 523 bis, donde alrededor de 100 personas estaban realizando una juntada de forma clandestina que debió ser desalojada por personal municipal.
Por otra parte, tras una denuncia vecinal al SUAV (Sistema Único de Atención Vecinal), agentes de la Secretaría se dirigieron a una vivienda de calle 115 y 609, donde un grupo de jóvenes estaban participando de una fiesta electrónica que se extendió hasta la mañana.
El Secretario de Seguridad y Control Ciudadano del municipio, Darío Ganduglia, dijo: “Nos genera preocupación que se desarrollen estos eventos donde no existe ningún protocolo de cuidados en el marco de la pandemia de COVID-19”.
Vale recordar que las multas para quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas, las cuales se encuentran prohibidas, podrán alcanzar hasta los 2 millones de pesos, de acuerdo al artículo 104 del Código Contravencional. Mientras que la sanción para las juntadas masivas equivalen al pago de hasta 1 millón de pesos y recaerá no sólo en quienes organicen el encuentro, sino también en los propietarios del inmueble en el que se desarrolle y en todo el consorcio cuando se trate de edificios o barrios cerrados, de acuerdo al artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147.