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Buscan aprobar el Código de Convivencia: ¿cuáles son las acciones que serán sancionadas?

Es la ordenanza que reúne todas las contravenciones y prevé sanciones con multas, trabajo comunitario y cursos. La oposición lo rechazará y y habrá una marcha.

El Concejo Deliberante de La Plata tendrá este miércoles la que tal vez sea la jornada más movida de un año que ha sido atravesado por fuertes disputas entre la oposición y el oficialismo cuando se vote el Código de Convivencia Ciudadana que elevó el intendente Julio Garro. Adentro, en el recinto, habrá arduo debate y voto dividido; y afuera, en la calle, las organizaciones que se oponen a la nueva ordenanza que regulará y sancionará gran parte de las conductas callejeras, manifestarán con un abrazo simbólico al Palacio Municipal.

El Código seguramente será sancionado con los 13 votos de Juntos por el Cambio más su aliado del GEN, ya integrado en las listas oficialista. La oposición representada por los 10 concejales del Frente de Todos lo rechazará en base al argumento que lo consideran "restrictivo", "sectario" y "recaudador" y una herramienta del oficialismo "para imponer en plena campaña electoral", según ya adelantó a 0221.com.ar.

Se trata de una ordenanza madre que unifica contravenciones contempladas en otras ordenanzas y suma otras, contemplando duras sanciones que irán de multas e inhabilitaciones hasta la realización de trabajos comunitarios o cursos de capacitación. El grueso de violaciones al código incluye diferentes tipos de faltas, relacionadas con la vida cotidiana, el transporte público, la quema de neumáticos, la salubridad, la venta callejera, el Último Primer Día, el maltrato animal, la oferta de servicios sexuales en espacios "no autorizados" o el acoso callejero.

La discusión en el recinto promete ser intensa, especialmente por las objeciones que el bloque opositor del Frente de Todos llevará como canal de los distintos sectores que pueden considerarse perjudicados por la medida y ya han manifestado en la calle su rechazo y lo repetirán este miércoles, al margen de contexto de campaña electoral en el que se dará, a once días de los comicios generales del 14 de noviembre.

El proyecto definitivo consta de siete títulos y 364 artículos, cinco más que la iniciativa original. E incluyó -según informó el oficialismo- la realización de 36 talleres de discusión con los vecinos y la participación en las reuniones de sectores como la Comisión de la Comisión Provincial por la Memoria, el Consejo Social de la UNLP, Consejo Local de Niñez, la Prosecretaría de Derechos Humanos de la UNLP, la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, la Subsecretaría de Coordinación Municipal, la Justicia de Faltas Municipal, la Secretaría de Legal y Técnica MLP, el Ministerio de las Mujeres, Politicas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, la Facultad de Trabajo Social UNLP y el Movimiento Justicia y Libertad.

El objetivo que se plantea es "modificar y actualizar la norma contravencional vigente sancionada en el año 1985". Con la idea de "preservar el espacio público como patrimonio comunitario a través de cuatro ejes: el respeto social, el cuidado del medio ambiente, la protección animal y la salubridad pública".

Y para cada conducta considerada violatoria del articulado se contemplan faltas graves y sanciones que eliminan el arresto e incorporar el trabajo comunitario. Entendiéndose así a "la prestación de trabajos o servicios personales no remunerados de limpieza, conservación, restauración, ornamentación, o a fines, a favor de instituciones públicas municipales, educativas o asistenciales ubicadas dentro del ejido"

También incorpora  talleres o cursos temáticos de convivencia ciudadana que tendrán como finalidad la concientización y reeducación en temas como la seguridad vial, género, protección del ambiente, cuidado del espacio público y convivencia con animales.

LAS SANCIONES

Algunas de las violaciones que se incorporan en el nuevo código son las siguientes:

También se incluyen sanciones para la venta ambulante mediante el empleo de vehículos o elementos no aptos para tal fin, o diversos de los habilitados. Y "la ocupación de la vía pública con mercaderías o muestras, con propósitos comerciales, sin que sus propietarios posean el permiso, inscripción o comunicación exigibles, o excediendo los límites autorizados; o de mercaderías u objetos distintos a los que se hubiere permitido comercializar".

Además se incluye sanción para "el ofrecimiento a viva voz de cualquier producto, o el empleo de adminículos sonoros destinados a llamar la atención del público".

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