Las declaraciones juradas del intendente Julio Garro, los funcionarios municipales y los 24 legisladores platenses que componen el Concejo Deliberante de La Plata fueron publicadas en el sitio web de la Comuna conforme a lo que establece la normativa provincial y de esa documentación se desprende que el Jefe Comunal posee un patrimonio de $19.469.976 pesos.
Se trata de un incremento de casi $7.000.000 respecto de los $12.600.000 que declaró un año antes. No obstante el monto es una estimación que bien podría distar de la realidad y es que además de los ingresos anuales, el dinero en efectivo que posee, los depósitos y hasta sus deudas, en cada declaración jurada también se tiene en cuenta el valor fiscal de todos los bienes muebles e inmuebles y esta es una tasación mucho más baja a la del mercado en general.
De acuerdo con la información disponible, que corresponde al ejercicio 2019, Garro declaró ingresos de $3.840.771 por su cargo de Intendente (lo que significan $340.064 al mes) y $865.050 en concepto de honorarios como abogado, un actividad a la que declara dedicarle unas 6 horas cada semana.
La declaración jurada del mandatario local también revela que cuenta con cuatro depósitos bancarios en pesos que suman un total de $1.636.430,13, así como también una suma en dólares en efectivo equivalente a $3.836.000 y deudas de $305.800 por un crédito prendario.


En el escrito publicado en el sitio web de la Comuna, Garro también declaró poseer dos propiedades con un valor fiscal de $3.547.774 y $604.758. Se trata de la casa en la que vive en el exclusivo barrio privado Grand Bell y otra vivienda ubicada en la localidad balnearia de Cariló, que adquirió en 2013 y 2011, respectivamente, y de las cuales es propietario en su totalidad.

Finalmente, en la última declaración jurada presentada por el Intendente también se estipula que el mandatario es dueño de una moto valuada en $50.000, una embarbación de $220.000, un auto de $3.986.000 y otro vehículo de 1.187.000.

Vale destacar que todos los funcionarios públicos y los legisladores locales están obligados a dar a conocer sus patrimonios cada año, según lo establece la Ley 15.000 de la provincia de Buenos Aires que regula el sistema de Declaraciones Juradas patrimoniales y todas ellas deben ser de acceso público para cualquier ciudadano.