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Los puntos clave de la nueva ley de teletrabajo aprobada en el Congreso

Por ejemplo, cada empleador deberá proporcionar equipamiento, herramientas de trabajo y asumir todos esos costos de instalación, mantenimiento y más.

La nueva ley de teletrabajo aprobada en el Congreso de la Nación establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo. Habla de presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una jornada determinada, y el carácter voluntario de esta modalidad de empleo, entre otros puntos.

Entre otros aspectos, se considera "teletrabajo" a la tarea que se realiza en forma parcial o total en el domicilio o en lugares distintos al establecimiento de la empresa. El proyecto aprobado por Diputados y el Senado establece presupuestos mínimos que deben cumplir trabajadores y empleadores y deriva aspectos puntales a los convenios colectivos. Los teletrabajadores tendrán los mismos derechos -salarios, licencias y vacaciones- que aquellos que lo hacen en forma presencial.

La idea es que la ley, una vez promulgada por el Poder Ejecutivo, comience a aplicarse tres meses después de que finalice el aislamiento por el coronavirus. La jornada laboral por la modalidad del teletrabajo debe pactarse por escrito y los trabajadores tendrán el mismo horario como si fuera presencial, garantizándose su derecho a la desconexión.

Entre los puntos más importantes, se destaca que la prestación laboral a distancia es voluntaria y no puede ser impuesta por el empleador. El escrito dice que las personas que se desempeñen bajo la modalidad remota "gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo, no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial".

Además establece el principio de "reversibilidad", según el cual el teletrabajador podrá revertir esa modalidad cuando quiera volver al trabajo presencial, un punto que fue de los más criticados por los empresarios, que consideran que esto choca con la capacidad de dirección y organización que compete a los empleadores.

También determina que "el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja".

El trabajador a distancia "tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar", y "dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del impuesto a las Ganancias". Además dgrantiza el "derecho a la desconexión" del empleado remoto cuando se encuentre fuera de su jornada laboral o durante los períodos de licencias, al tiempo que el empleador tendrá prohibido "remitirle comunicaciones por ningún medio" en esos períodos.

Por último y con respecto a las tareas de cuidados: se establece que quienes "acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada".

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