El Gobierno Nacional puso en marcha el "Certificado Único Habilitante para Circulación" que habilita a transitar por todo el país a aquellas personas que estén exceptuadas, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
Se trata del único permiso válido para transitar por la calle, que tiene carácter de declaración jurada: quienes falseen datos sufrirán “sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente”. Comenzó a regir el domingo, pero este miércoles entrará en plena vigencia.
Hasta ese día habrá cierta flexibilidad, para que todo el personal esencial haya tenido tiempo de completar el formulario y descargar el permiso. En ese sentido, el Ministerio de Transporte informó que debido “a la gran cantidad de consultas y para evitar la saturación del sistema” se decidió extender la vigencia de los otros permisos. Luego, ya no tendrán validez.
En concreto, este certificado se valida a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando a la página web https://tramitesadistancia.gob.ar/, y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.
Entre quienes pueden solicitar la excepción figuran los trabajadores de la salud, migraciones, Fuerzas Armadas, bomberos, servicio meteorológico; aquellos que participen en la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de alimentos y/o de productos farmacéuticos; y quienes cumplan sus labores en empresas de servicios básicos (energía eléctrica, gas, recolección de residuos y otros).
Otras actividades esenciales que están incluidas son las autoridades superiores de los gobiernos (nacional, provincial, municipal), personas que trabajan en entidades financieras; en producción, almacenamiento, transporte, distribución o venta de combustible; servicios de vigilancia, lavandería, recolección de residuos y de prensa y comunicación; asistencia de personas mayores y personal de servicio funerarios, entre otros (las 24 excepciones del decreto de cuarentena obligatoria).

A la vez -destacaron-, quedarán exceptuados de la obligación de tramitar el CUHC aquellas personas que deban desplazarse por razones de fuerza mayor, por lo que en este caso deberán acreditar la excepción al “aislamiento social, preventivo y obligatorio” con documentación fehaciente que compruebe los motivos de su circulación por la vía pública.