jueves 02 de abril de 2026

¿Cuáles son los trabajadores públicos a los que se les termina el home office?

La Jefatura de Gabinete de Ministro publicó una nueva resolución y generó un fuerte revuelo sobre quiénes deberán volver a sus lugares de trabajo y quiénes no.

--:--

La nueva normalidad está cada vez más presente y aunque muchos empleados públicos nunca dejaron sus puestos de trabajo, muchos otros se vieron obligados a trabajar desde sus casas a causa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO). Con la llegada del distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO), sin embargo, el home office en la administración provincial empezó un largo y lento camino hacia su fin.

Este jueves el Gobierno bonaerense decidió dejar sin efecto, a partir del próximo lunes, la reglamentación que autorizaba la inasistencia de los trabajadores estatales que tuvieran hijos en edad escolar y a los que debieran cuidar en sus hogares y encendió alarmas entre los empleados públicos sobre si deberían o no volver a sus lugares de trabajo.

Lee además

Aunque nunca dejaron de cumplir con sus tareas, lo cierto es que la Resolución publicada en el Boletín Oficial con la firma del jefe de Gabinete de Ministros, Carlos Bianco; no implicaría una vuelta masiva a las oficinas. Lejos de eso, fuentes del Ministerio de Trabajo le explicaron a 0221.com.ar que con el paso del ASPO al DISPO se dispuso un regreso paulatino a las oficinas, siempre que éstas pudieran ser readecuadas para garantizar las medidas de seguridad e higiene necesarias para prevenir nuevos contagios de COVID-19.

Debido a las muchas particularidades que tiene la administración pública provincial, lo cierto es que la vuelta a los lugares de trabajo será lenta y paulatina y dependerá de cada caso puntual. Así las cosas, la decisión quedó en manos ahora de cada repartición y de los responsables de cada área, quienes deberán definir qué agentes son necesarios en cada lugar, cómo se llevará a cabo la readecuación de las instalaciones y cuándo y cómo es que cada trabajador deberá volver a ocupar físicamente su puesto de trabajo.

La medida que llenó de dudas a los trabajadores estatales se dio a conocer este jueves y dispone en su único artículo "dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución N° 90/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del día 18 de diciembre de 2020".

Esa resolución había sido emitida el 17 de marzo, en el arranque de la pandemia. Y en artículo 3º disponía autorizar, mientras dure la suspensión de clases en las escuelas producto de la pandemia "la inasistencia de las personas trabajadoras del Sector Público Provincial, cuando se trate del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible, sin afectar la percepción de las remuneraciones normales, habituales, ni de los adicionales que por Ley o Convenio le correspondiere percibir".

Aquella resolución, también del Jefe de Gabinete, era más amplia y en otros artículos autorizaba la inasistencia de las trabajadoras que cursarán embarazos y a aquellos agentes estatales que forman parte de la población de riesgo, los cuales seguirán contando con la posibilidad de trabajar desde sus hogares.

El argumento esgrimido para dejar sin efecto la autorización es el fin del ciclo lectivo. "En atención a la finalización del ciclo lectivo y al dictado de la Resolución N° 2801/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación (que suspendía el dictado de clases), resulta necesario dejar sin efecto el artículo 3° de la Resolución N° 90/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros", dice textualmente.

De todos modos, seguirán teniendo la posibilidad de trabajar desde sus hogares la embarazadas y la población de riesgo: todos los mayores de 60 años, las personas inmunosuprimidas, todos los pacientes en tratamiento oncológico, las personas que padezcan enfermedades respiratorias crónicas, cardiovasculares, diabetes, obesidad mórbida, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis próximamente.

Dejá tu comentario

Las más leídas

Te puede interesar