El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) aprobó un nuevo reglamento de control de calidad de materia prima y por ello todas las firmas que la producen en el país deberán regirse por un reglamento de recepción y secansa que estipula un máximo de 35% de palo y polvo en cada paquete que llegue al público.
"Todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde de yerba mate, así como a aquellos operadores que tengan a cualquier título, yerba mate canchada, sea ésta de origen nacional o importada, independientemente de que la materia prima sea propia o de terceros", reza la resolución 379/2020 del INYM, que no solo componen referentes del Gobierno sino también representantes de toda la cadena yerbatera, desde productores hasta las grandes industrias.
La disposición, publicada este lunes, indica que la yerba mate canchada "no debe estar alterada y debe estar prácticamente libre de materias extrañas (semillas, bayas, otros vegetales y materias extrañas)". En esa línea se deja en claro que "el análisis realizado de una muestra de yerba mate canchada debe arrojar un resultado de porcentaje total de palo, incluida la fibra cruda (Normas IRAM 20511), que no sea superior al 35%".
Según se indicó, la decisión se fundamenta en los resultados de los estudios de laboratorio realizados por los funcionarios del INYM durante 2019 y 2020, que revelaron que "a través de los años, un incremento en el porcentaje de polvo de palo que pasa por tamiz 420 mm (malla 40), circunstancia que pone de manifiesto que durante el procesamiento de la hoja verde de yerba mate, se procede un molido o reproceso del palo grueso de yerba mate que el INYM debe regular y controlar en miras a la obtención de un producto de buena calidad", se explicó.
"Resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas que aseguren la inocuidad de dicha materia prima", agregaron al respecto y subrayaron que la totalidad del palo de yerba mate que se obtenga como subproducto del proceso productivo de elaboración de la yerba mate canchada en los establecimientos secaderos es considerado como un palo de descarte que deberá ser inutilizado.

La medida también alcanzará a las yerbas importadas y por ello la nueva norma indica que quienes ingresen el producto a la Argentina deberán informar al INYM el destino de la materia prima, consignando el domicilio donde quedará en resguardo, fecha de ingreso al país, tipo de producto y cantidad en kilogramos. "Toda yerba mate canchada ingresada del exterior quedará en custodia y bajo responsabilidad del importador hasta tanto se efectúe el análisis correspondiente de las muestras extraídas, y el INYM informe que dicha materia prima se ajusta a los parámetros de yerba mate canchada establecidos en el mencionado Reglamento", precisa el nuevo régimen.