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Impulsan cambios al COUT para evitar construcciones que afecten al Arroyo El Pescado

El Ejecutivo municipal elevó al Concejo Deliberante una iniciativa que establece los límites del humedal del Arroyo El Pescado, el único no contaminado.

El intendente Julio Garo elevó al Concejo Deliberante una ordenanza con la que reglamenta los límites de los humedales de la periferia de La Plata con el objetivo de resguardar los cursos de agua del sur del distrito, ya que allí se encuentra el Arroyo El Pescado, el único de agua dulce en la región que no está contaminado.

En la práctica, la ordenanza elevada por el jefe comunal modifica un artículo del Código de Ordenamiento Urbano (COUT) para resguardar las parcelas de tierra que rodean que rodean a ese curso de agua para evitar que se puedan avanzar con construcciones privadas que pongan lo pongan en riesgo

El artículo modificado es el 141º, donde se fijan las dos áreas de valor patrimonial del distrito: el barrio Meridiano V y el Humedal del Arroyo Pescado. A través del cambio propuesto se establecen limites más precisos para el caso del arroyo, desde su nacimiento en el partido de La Plata, entre las calles 612 y la Ruta Provincial 36, hasta su desembocadura en el Río de La Plata, entre el Balneario Bagliardi y el Balneario Municipal de La Balandra en el partido de Berisso, incorporando la ley provincial (12.247) que declaró Paisaje Protegido a ese curso de agua.

Y se incorpora como límites en los que no se podrán realizar construcciones que afecten el sector protegido, "desde la Ruta 36, por calle 90 hasta 167, por ésta hasta calle 602, por ésta hasta calle 152, por ésta hasta calle 625, por ésta hasta calle 143, por ésta hasta calle 637, por ésta hasta calle 137, por ésta hasta calle 650, por ésta hasta calle 30, por ésta hasta calle 659, por ésta hasta Ruta 11".

En ese sector, "las construcciones que pretendan realizarse deberán responder a las actividades descriptas y sus sectores anexos y de servicios correspondientes, siendo su evaluación final considerada y aprobada por el Concejo Deliberante".

También dispone que "el polígono delimitado por las calles 659, 7, 670 y 22, área con consolidación de viviendas, al formar parte de un sector con riesgo de inundación, estará afectado por limitaciones constructivas que serán analizadas a través de estudios particularizados por las áreas dependientes de las Secretarías de Obras y Servicios Públicos, y Planeamiento Urbano".

La idea se encuadra, como ya informó 0221.com.ar, en un objetivo aún mayor planteado por el área de Planeamiento, que es consensuar los lineamientos del denominado Plan Estratégico 2030  que contempla el desarrollo de cambios parciales y por etapas al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial.

Esas modificaciones responden a la necesidad de una serie de problemas que los funcionarios vienen señalando: "La falta de planificación, el crecimiento desordenado, el aumento de los asentamientos, el déficit habitacional, la falta de servicios, la especulación inmobiliaria y la destrucción de las áreas protegidas".

Antes de su elevación al Concejo Deliberante, el proyecto para los humedales fue abordado por el CUOT (Consejo Único de Ordenamiento Territorial) a propuesta de la Secretaría de Planeamiento y responde a la necesidad de poner en práctica en la ciudad la mencionada Ley de Humedales que fue sancionada en 1999 a la que la Municipalidad adhirió aunque nunca se habían delimitado las zonas que se iban a resguardar y proteger del avance poblacional.  

El foco está puesto sobre la expansión urbana que ha tenido los últimos años Villa Garibarldi y Parque Sicardi, en donde las autoridades tuvieron que intervenir varias veces para evitar construcciones indebidas. El polígono más crítico es delimitado las calles, 659, 7, 670 y 22, de la localidad de Villa Garibaldi, donde -según la evaluación municipal- en las últimas décadas han avanzado construcciones particulares que han puesto en riesgo los recursos hídricos naturales.

Determinar y evaluar cotas de nivel, ocupación del suelo, sistemas constructivos y estudios de impacto ambiental para resguardar la zona, son algunos de las acciones que se podrán encarar a partir de la sanción de la ordenanza. 

“Vamos a proteger las áreas del sector frutihorticola y el humedal del arroyo El Pescado. No vamos a permitir ningún tipo de desarrollo inmobiliario, ordenaremos las demoliciones clandestinas, iremos hasta las últimas consecuencias”, había anticipado la secretaria del Planificación, María Botta, sobre la iniciativa. 

La funcionaria explicó que “existe una tendencia de expansión urbana en Villa Garibaldi sobre terrenos bajos localizados en la cercanía del curso de agua correspondiente al Arroyo El Pescado y más específicamente sobre su planicie de inundación que como tal posee características de anegabilidad”

En ese marco, informó que el Municipio clausuró tres obras en humedales y zonas protegidas que permiten el escurrimiento del agua de lluvia. Se trata de lotes que se estaban ejecutando en la manzana de calle 672 y 673 de 16 a 17 (Sicardi); como así también en la cuadrícula comprendida entre 22 y 24, de 697 a 794 (Ignacio Correas). Las obras se ejecutaban sobre el área rural y sobre el humedal del Arroyo del Pescado, sin ningún tipo de permiso municipal ya que se trata de zonas protegidas que permiten mitigar el impacto de las lluvias en la región.

LAS ZONAS PROTEGIDAS

En la región hay otras zonas de protección ambiental: el Paseo del Bosque que tiene 60 hectáreas; el Parque Ecológico que se encuentra en Villa Elisa y tiene 200 hectáreas; el Parque Pereyra Iraola que posee más de 10 mil hectáreas; y las zonas ribereñas de la Isla Santiago (Ensenada) y la Isla Paulino (Berisso).

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