Dos platenses que fueron condenados por el asalto a una familia en la localidad de City Bell fueron absueltos por la Sala I de Casación bonaerense y quedaron desligados del caso, confirmaron fuentes judiciales a 0221.com.ar.
Dos platenses que fueron condenados por el asalto a una familia en la localidad de City Bell fueron absueltos por la Sala I de Casación bonaerense y quedaron desligados del caso, confirmaron fuentes judiciales a 0221.com.ar.
La resolución benefició a Roberto Giménez Ávalos y Omar Anselmo Centurión, quienes fueron condenados a seis años de prisión por la jueza María Isabel Martiarena integrante del Tribunal Oral Criminal V de La Plata.
Un hombre de 31 años escaló una antena en San Martín con intenciones de quitarse la vida. Rescatistas de La Plata viajaron al lugar y lograron rescatarlo.
El temporal provocó la caída de múltiples árboles, ramas y postes eléctricos en La Plata y una de las situaciones más dramáticas ocurrió en 68 entre 152 y 153.
Ante este cuadro el defensor Julio Beley recurrió la sentencia ante la máxima instancia Penal de la provincia de Buenos Aires. Los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana entendieron que no se pudo acreditar quiénes fueron los autores del violento hecho ocurrido en una vivienda de 465 y 21 A, donde viven los hermanos Melina y Ezequiel Petrullo.
En la noche del 6 de febrero de 2016, dos delincuentes ingresaron a la vivienda, maniataron a los hermanos y a un amigo. Con la escena en su poder, revolvieron la propiedad y se llevaron dinero y objetos de valor. Los padres de los jóvenes estaban de vacaciones en Cariló.
Las víctimas no pudieron reconocer a los acusados en la sala de audiencias. Dijeron que uno de los autores tenía una pierna tatuada. Giménez Ávalos y Centurión, no tienen tatuajes similares a los que describió Melina Petrullo.
En su resolución los magistrados resaltaron que no se puede condenar en casos que exista duda e hicieron foco en que la jueza hizo una valoración parcial de las evidencias que hay en la investigación penal.
Según se destaca en la resolución a la que accedió este medio, los jueces dejaron en claro que para dictar una condena debe despejarse toda duda razonable, pero en caso de persistir incertidumbres, debe optarse por la absolución en beneficio del imputado, tal como establece el marco normativo vigente en Argentina.