jueves 16 de abril de 2026

La Justicia prohíbe que las empresas prestadoras de gas corten el servicio por falta de pago

Es una medida cautelar de la Justicia de Dolores, a raíz de una de una presentación realizada por la Asociación Consumidores Argentinos.

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Un fallo de la Justicia Federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, prohíbe a las empresas prestatarias de gas cortar el servicio por falta de pago. Esto se genera en el marco del aumento en las tarifas y con la llegada del frío.

Se trata de una medida cautelar pensada en resguardar a los "sectores socialmente vulnerables" o en donde "se encuentra comprometida la vida digna".

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Esto había surgido tras una presentación judicial realizada por la Asociación Consumidores Argentinos. Los apoderados de la misma, José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep, habían solicitado "la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas por falta de audiencia pública en el valor del Precio de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) del gas".

Por su parte, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino, destacó el fallo y opinó: “esta decisión va en línea con lo que le reclamamos a todas las firmas que prestan el servicio en la Provincia. Se trata de una decisión que tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de las familias, sobre todas las que menos tienen, jaqueadas por estas subas irrazonables”.

“Nuestro reclamo tiene que ver con defender a la gente para que pueda desarrollarse dignamente, que se les garanticen los servicios públicos elementales y que las razones estrictamente económicas no condicionen su calidad de vida”, cerró.

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