jueves 10 de octubre de 2024

Los nueve cambios en los contratos de alquiler previstos en el DNU de Javier Milei

El escrito indica que se podrán pactar en dólares o en pesos y se modificarán también los mecanismos de actualización.

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Uno de los puntos incluidos en el decreto de necesidad y urgencia anunciado en conferencia de prensa por el presidente Javier Milei y publicado luego en el Boletín Oficial tiene que ver con la derogación de la Ley de Alquileres. Detalla una serie de modificaciones que afectan directamente a los contratos entre los dueños e inquilinos.

Cuando se aplique el DNU, los alquileres se podrán pactar en dólares o en pesos y se modificarán también los mecanismos de actualización de los contratos.

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Se trata del decreto 70, firmado por Milei en acuerdo general de ministros. El presidente dijo que es “imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres 27.551″. El especialista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Consultores Tributarios, remarcó cuáles son los nueve puntos más importantes de los cambios en los contratos de alquileres de acuerdo al DNU 70.

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Entre los puntos incluidos en el DNU de Javier Milei se destaca la derogación de la Ley de Alquileres.

Entre los puntos incluidos en el DNU de Javier Milei se destaca la derogación de la Ley de Alquileres.

  1. El contrato del alquiler se puede realizar en cualquier moneda.
  2. El inquilino tiene que pagar en la moneda pactada. Por ejemplo, si se pactó en dólares cada mes deberá abonarse en dólar billete.
  3. Los jueces no pueden cambiar la moneda pactada.
  4. El contrato de alquiler se puede pactar cualquier tipo de actualización.
  5. No rige un plazo mínimo del contrato, es decir, se puede realizar por cualquier plazo.
  6. El dueño (locador) deja de tener la obligación de pagar las mejoras introducidas por el locatario. Salvo que acuerde hacerlo.
  7. El locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento del mismo.
  8. El inquilino ya no puede rescindir el contrato, si el inmueble no queda apto para uso y goce cuando él mismo haya ocasionado el daño en forma directa o indirecta.
  9. La resolución anticipada del contrato en cualquier momento pagando el 10% del monto de los alquileres hasta el fin del contrato. El inquilino no debe esperar que pasen seis meses desde la firma del contrato para rescindir.
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Por más que entre en vigencia el DNU, los alquileres en curso deben ser respetados hasta su fecha de vencimiento.

Por más que entre en vigencia el DNU, los alquileres en curso deben ser respetados hasta su fecha de vencimiento.

Un dato importante a tener en cuenta es que más allá de los cambios que introduce el DNU de Milei, los acuerdos en curso deben ser respetados hasta su fecha de vencimiento.

Esto significa que mientras el contrato de alquiler esté vigente, todos los términos y condiciones se aplicarán hasta el momento de su finalización. Solo puede haber una excepción en caso de que el contrato así lo indique específicamente.

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