martes 14 de julio de 2026

El procurador de la Nación avaló que no se incluyan tasas municipales en las boletas de luz y gas

El procurador Eduardo Casal avaló la medida del Gobierno sobre las tasas municipales en facturas de luz y gas y recomendó rechazar los planteos judiciales.

La Procuración General de la Nación emitió dos dictámenes en los que respaldó la decisión del gobierno nacional de impedir el cobro de tasas municipales en las facturas de luz y gas. Ahora, la Corte Suprema deberá resolver si confirma ese criterio en los casos impulsados por distintas comunas.

Los dictámenes, firmados por el procurador Eduardo Casal, aconsejan a la Corte Suprema rechazar las demandas presentadas por las municipalidades de Río Grande y José C. Paz, que cuestionaron la Resolución 267/2024 de la entonces Secretaría de Industria y Comercio.

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Esa normativa estableció que las facturas emitidas por proveedores de bienes y servicios deben referirse exclusivamente al servicio o producto contratado por el consumidor y no pueden incluir conceptos ajenos a esa prestación.

La Procuración respaldó la prohibición de cobrar tasas municipales en las boletas de luz y gas

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La controversia comenzó a mediados de 2024, cuando el Gobierno impulsó la eliminación del cobro de tasas e impuestos municipales en las boletas de luz, gas, agua y otros servicios públicos. La iniciativa promovida por el ministro de Economía, Luis Caputo, fue judicializada por distintas comunas, algunas de las cuales obtuvieron fallos favorables. Entre ellos se encuentra una resolución de la Justicia Federal de San Nicolás, que declaró la inconstitucionalidad de la medida.

El dictamen de Eduardo Casal que respaldó la medida nacional

Respecto del caso de Río Grande, Casal sostuvo que la resolución fue dictada por la autoridad competente en el marco de las facultades otorgadas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Según el dictamen, el objetivo de la norma fue resguardar los derechos de los usuarios previstos en el artículo 42 de la Constitución Nacional y establecer reglas generales sobre la facturación de servicios públicos dentro de las relaciones de consumo.

En el expediente correspondiente a José C. Paz, el procurador agregó que el servicio de distribución eléctrica prestado por Edenor se encuentra bajo regulación federal. Además, recordó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, dispone que las facturas "no podrán incluir tributos de orden local o cargos ajenos a los bienes y servicios facturados".

Eduardo Casal avaló la medida del Gobierno sobre las facturas de luz y gas

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Mientras tanto, el debate también tuvo repercusiones políticas. La Libertad Avanza promovió más de 100 proyectos en concejos deliberantes bonaerenses para reducir o eliminar tasas municipales, una iniciativa que fue cuestionada por el gobernador Axel Kicillof, quien sostuvo que el peso de esos tributos representa una incidencia mínima en términos del Producto Bruto Interno (PBI).

Si bien los dictámenes de la Procuración General no son de cumplimiento obligatorio, suelen ser considerados como una referencia de peso para la Corte Suprema. En caso de que el máximo tribunal adopte ese criterio, quedará respaldada la potestad del Gobierno nacional para impedir que las tasas municipales se cobren mediante las facturas de servicios públicos.

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