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La Justicia inhabilitó al concejal Juan Pablo Allan por 90 días por no cumplir la Ley de Alcohol Cero

La resolución, a la que accedió 0221.com.ar, prevé una fuerte multa para el edil de LLA, pero no incluye una imputación por "darse a la fuga".

La Justicia inhabilitó por 90 días al concejal de La Libertad Avanza (LLA), Juan Pablo Allan, por dar positivo en el test de alcoholemia el pasado fin de semana en Pinamar. La jueza administrativa de Infracciones de Tránsito Provincial, Ornela Carli, aplicó la sanción prevista en la Ley de Alcohol Cero, pero no lo imputó por irse del control.

La sentencia, dictada el 1° de octubre por el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito de Dolores y a la que accedió 0221.com.ar, establece que la prohibición para manejar se computa desde el día de la infracción y se extenderá hasta el 25 de diciembre inclusive.

El fallo también sanciona al edil por circular sin portar la licencia de conducir física y fija además una multa de 438 unidades fijas (UF), que se calcula como el valor de un litro de nafta premium en la estación de servicio YPF de 9 y 51 y actualmente se encuentra estipulada en $2.281. De esta manera, el monto total de la infracción labrada asciende a $999.078 que fueron abonados voluntariamente por el legislador platense.

El concejal de La Librtad Avanza, Juan Pablo Allan.

La inhabilitación, según consta en la Resolución, fue impuesta como una pena accesoria a esa sanción económica, tal como contempla la normativa provincial.

Alcoholemia positiva, multa y escándalo

La magistrada consideró acreditado que el test realizado durante el operativo arrojó un resultado de 0,27 gramos de alcohol por litro de sangre. En es marco, Carli fundamentó el plazo de inhabilitación impuesto citando el artículo 39 bis de la Ley N°13.927: "La inhabilitación será aplicada conjuntamente con la sanción de multa", reza el mismo. La disposición establece una prohibición de conducir de 3 meses para quienes registren una alcoholemia de hasta 499 miligramos por litro de sangre, equivalente a 0,499 gramos.

El alcance del fallo presenta una diferencia con el comunicado que había difundido el Ministerio de Transporte bonaerense, a cargo de Martín Marinucci. La cartera había asegurado que Allan y su esposa "se dieron a la fuga del operativo sin autorización y sin aguardar la finalización del control" y anunció la inhabilitación preventiva de ambos. La resolución judicial, en cambio, identifica dos conductas imputadas: "Alcoholemia positiva" y "circular sin portar licencia de conducir física estando habilitado". La condena se limita a esas infracciones y no incorpora una imputación ni una sanción por huir del control, lo que puede tener una condena de hasta 18 meses de inhabilitación.

El fallo sí señala que Allan se retiró "sin suscribir el acta de infracción y sin retirar la boleta de citación del inculpado", de acuerdo con el informe elevado por la autoridad que intervino en el control. Por lo tanto, la ausencia de una imputación por fuga no implica que la jueza haya descartado que se marchara sin completar esos pasos: esa circunstancia quedó mencionada en los fundamentos, pero no fue incluida entre las infracciones por las que lo condenó.

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