Una condena de 24 años de prisión por "homicidio simple agravado por su comisión con arma de fuego" fue dictada por el Tribunal Oral Criminal IV de La Plata y recayó sobre el expolicía Leandro Vera, por el crimen del capitán Walter Ibarra, hecho ocurrido en enero de 2016 en el barrio Villa Argüello de la localidad de Berisso.
Los jueces dieron por acreditado que el día 18 de enero de aquel, "a las 15.55 horas aproximadamente, en la intersección formada por las calles 62 entre 122 y 123 (…), específicamente a la altura de la vivienda ubicada en dicha dirección al numeral 278, una persona del sexo masculino, efectuando varios disparos de arma de fuego dio muerte a Walter Oscar Ibarra", se detalla en el veredicto al que accedió 0221.com.ar.
La defensa sostuvo que Vera actuó en legítima defensa de su pareja, exesposa de la víctima, para evitar una nueva agresión. Además, solicitó que el caso sea analizado bajo una mirada de género.
Tras el crimen, la exesposa de la víctima, en declaraciones periodísticas, aseguró que su exesposo la sometía a brutales palizas y que Vera actuó en defensa de ella.
Apuntes jurídicos
En su voto la jueza Carolina Crispiani, especialista en temas de género, señaló: "Hablar de perspectiva de género, es hablar de contextos. Y precisamente -en autos- todas las personas a las que hiciera alusión la defensora, como presuntas víctimas de violencia de género por parte de Ibarra, no se han presentado aquí ni como víctimas ni como victimarios sumado a que no ha podido acreditarse -con prueba objetiva que así lo sustente- que dichos hechos de violencia hayan existido (porque no han sido denunciados) y -más precisamente- que tuvieran relación con el hecho en juzgamiento, esto es, que hayan sido coetáneos al momento en que Walter Ibarra perdiera su vida".
En otro pasaje de la resolución la magistrada sostuvo que "la aislada versión exculpatoria prestada por el imputado", como las declaraciones brindadas por su pareja y otros testimonios "se han presentado como direccionados claramente a revertir o mejorar la situación procesal de Vera, contrastando con los restantes testimoniales que en un principio he valorado, a los cuales les he asignado plena credibilidad por corresponderse con prueba objetiva pericial -científica- que los respalda".
Para Crispiani, "el descargo efectuado por el imputado carece de relato autónomo, perdiendo credibilidad frente al contundente caudal probatorio (…) y que se contradice con sus dichos. De esta forma, las hipótesis que mencionara la defensora -juntamente con los dichos prestados por su asistido- se presentan sólo como hipótesis, convirtiéndose en dudas falaces, ya que el sustento probatorio en el que se asientan es endeble".
Crimen policial Berisso.jpg
El juicio oral en La Plata fue por un crimen del año 2016 en la localidad de Villa Argüello, partido de Berisso.
Foto: Diario Hoy
El caso que se juzgó en La Plata
La discusión comenzó cuando Ibarra se asomó a la ventana y pudo observar a su expareja con otro hombre. Allí se desencadenó una discusión con Vera, quien apenas un instante después tomó su arma reglamentaria marca Bersa Thunder y efectuó los primeros disparos desde el interior del departamento.
El sargento disparó dos veces contra el capitán, que terminó desplomándose luego de que una de las balas le perforara el pecho a la altura del corazón.
A partir del llamado de testigos intervino en el lugar del hecho el gabinete de Homicidios de la DDI La Plata, junto con personal del CPC Berisso y de la comisaría Cuarta.
Una vez en el lugar, efectivos policiales tuvieron que controlar la situación y preservar la escena hasta la llegada de los peritos de Policía Científica.
Al llegar a la escena del crimen, el entonces fiscal Marcelo Romero dispuso la aprehensión de Vera quien fue inmediatamente desafectado de servicio por disposición del auditor de Asuntos Internos. En el lugar se secuestró el arma homicida, con cuatro cartuchos intactos en el cargador y uno más en la recámara. Los peritos levantaron en las inmediaciones cinco vainas servidas y varios fragmentos de proyectiles.
Leila Aguilar fiscal de juicio de La Plata
Leila Aguilar, fiscal de juicio de La Plata.
Foto: AGLP
La pesquisa judicial
El homicidio hizo necesaria la actuación del fiscal penal en turno, Romero, quien por la gravedad de los hechos tomó intervención inmediata. "El hecho fue terrible en el sentido de la gravedad del mismo y la violencia desplegada por el imputado. Se le imputa un delito muy grave, que se denomina 'homicidio triplemente calificado' por el empleo de arma de fuego, la alevosía y por haber abusado de su condición de policía. El acusado es un integrante de las fuerzas policiales que desempeñaba funciones en la Dirección de Comunicaciones", explicó entonces el funcionario judicial.
Romero recordó que cuando hay personal policial involucrado, el fiscal en turno está obligado a relevar a la policía de la investigación, para que esta "no se investigue a sí misma".
"Obviamente realiza las primeras diligencias en el lugar. La Policía Científica levanta la evidencia, luego que se cierra el acta inicial de procedimiento, la policía es relevada y se actúa desde la Fiscalía. Además, la pericia sobre el arma no la realizará la Policía Científica, sino la Asesoría Pericial de Tribunales", estableció.
Por otro lado, comentó que los testigos son ‘coincidentes’ en el testimonio brindado para la reconstrucción de los hechos. "Todos los testigos coinciden en que el imputado dispara al menos en cinco oportunidades hacia abajo y el último disparo es un remate cuando la persona estaba tendida boca abajo. Ese es el orificio que puedo observar y que habría sido el último disparo", comunicó.
Estrados y protagonistas
La acusación estuno en manos de la fiscal de juicio Leila Aguilar, el acusado fue asistido por la defensa oficial mientras que el veredicto y sentencia unánime lleva las firmas de la magistratura integrada por Carolina Crispiani, Juan Carlos Bruni y Emir Alfredo Caputo Tártara por la secretaría de Nora Vernetti.