ver más

Absolvieron en La Plata a un acusado de femicidio y la Justicia ordenó su libertad

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Criminal IV de La Plata. Dos jueces entendieron que no había pruebas suficientes para condenarlo.

La Justicia de La Plata absolvió por mayoría a Iván Agustín Gómez, quien había llegado al juicio oral detenido con prisión preventiva y acusado por el homicidio agravado de una joven, cometido en un contexto que la Fiscalía había encuadrado como violencia de género. El Tribunal Oral Criminal (TOC) IV consideró que no existía el grado de certeza necesario para atribuirle el crimen y dispuso su inmediata libertad.

El veredicto fue dictado este martes por los jueces Carolina Crispiani, Agustín Amatriain y Ernesto Domenech. La resolución tuvo una particularidad central: no hubo unanimidad sobre la participación de Gómez en el homicidio. La absolución se produjo por mayoría, luego de dos votos que entendieron que las pruebas no alcanzaban para una condena y un voto que sostuvo exactamente lo contrario.

El punto de mayor discusión estuvo en la segunda cuestión sometida a votación: si estaba probada la participación de Gómez en el hecho. Allí apareció la diferencia entre los integrantes del tribunal.

Dos votos por la absolución y uno por la condena

La jueza Carolina Crispiani sostuvo que la prueba reunida permitía afirmar que Gómez había tomado parte directa en la ejecución del homicidio. Para la magistrada, los distintos indicios analizados en conjunto alcanzaban para atribuirle responsabilidad y rechazó la posibilidad de que existiera una duda razonable que impidiera una condena.

En cambio, el juez Agustín Amatriain votó por la negativa. Su conclusión fue que las dificultades y omisiones probatorias impedían alcanzar el grado de certeza exigible para una sentencia condenatoria. Entre otros elementos, señaló la falta de determinadas pericias de ADN, la ausencia de una investigación suficiente sobre una hipótesis alternativa y la existencia de elementos que podían ubicar al acusado lejos de la escena en el momento relevante.

El tercer voto, del juez Ernesto Domenech, coincidió con Amatriain. El magistrado remarcó que en la escena se habían encontrado huellas de sangre, un cuchillo con rastros hemáticos, vestigios en las uñas de la víctima y huellas dactilares en las bolsas que cubrían su rostro y sus pies, pero cuestionó que no se hubieran realizado pericias que permitieran determinar ADN o grupos sanguíneos para identificar al autor.

Domenech también destacó que existía una hipótesis sobre la posible intervención de un tercero que no fue debidamente investigada. En ese sentido, señaló que se había detectado que la puerta de ingreso al lugar estaba violentada y que tampoco se había profundizado esa circunstancia.

Por esas razones, Domenech también votó por la negativa a la segunda cuestión y coincidió con la absolución propuesta por Amatriain.

De esta manera, la votación terminó 2 a 1 a favor de la absolución: Amatriain y Domenech consideraron que no había certeza suficiente para condenar, mientras que Crispiani entendió que la participación de Gómez sí estaba acreditada.

El tribunal tuvo por probado el crimen

La diferencia entre los jueces no estuvo en la existencia de una muerte violenta. En la primera cuestión, los tres magistrados coincidieron en que la víctima había muerto como consecuencia de un ataque con un arma blanca.

La autopsia estableció múltiples heridas cortantes y cortopunzantes en el cuello, con lesiones en vasos sanguíneos y en la vía aérea. El médico forense determinó que la muerte se produjo por un shock hipovolémico y un síndrome asfíctico derivados de esas lesiones. Los tres jueces coincidieron en tener por acreditada la materialidad del homicidio.

El desacuerdo apareció después: el hecho estaba probado, pero para dos de los tres jueces no se había demostrado con certeza que el autor hubiera sido Gómez.

Llegó preso al juicio y quedó en libertad

Uno de los aspectos centrales de la resolución es la situación procesal del acusado. Gómez llegó al juicio oral detenido bajo prisión preventiva y, luego del veredicto absolutorio, el tribunal ordenó que recuperara inmediatamente su libertad.

La resolución establece expresamente que, al pronunciar el veredicto absolutorio por mayoría, los jueces dispusieron la "inmediata libertad del imputado", medida que debía hacerse efectiva desde el lugar donde se encontraba alojado, previa verificación de que no existiera otro impedimento legal.

Así, después de permanecer privado de su libertad durante el proceso y llegar detenido a la instancia oral, Gómez quedó en libertad en el marco de esta causa como consecuencia de la absolución.

Carolina Crispiani, jueza de La Plata, votó por la condena del acusado.

El caso juzgado en La Plata

El homicidio investigado ocurrió en una vivienda de la calle Virgen de Luján al 56 de Guernica, donde fue encontrado el cuerpo de la víctima. La investigación estableció que había sido atacada con un arma blanca y que su cuerpo fue dejado detrás de una puerta, parcialmente cubierto con una bolsa y un colchón.

El expediente también consignó que la escena fue relevada por personal policial durante la madrugada del 8 de octubre de 2021 y que allí se encontraron manchas de sangre, rastros de calzado y un cuchillo con manchas de características hemáticas.

Pero el dato determinante para el desenlace judicial se produjo en La Plata: el Tribunal Oral Criminal IV, con una votación dividida, concluyó que no podía dictarse una condena contra Gómez porque la mayoría de sus integrantes entendió que la acusación no había logrado superar el estándar de certeza requerido en materia penal. El resultado fue la absolución y la inmediata recuperación de la libertad.

Te puede interesar

En Vivo